El dinero procedente de la venta de inmuebles forma parte de las plusvalías y pérdidas patrimoniales y, como tal, se grava en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) a una tasa progresiva que varía del 19% al 26% en función del beneficio.
¿Cómo calculo el impuesto sobre la renta de la venta de mi propiedad?
La regla general dice que la plusvalía está determinada por la diferencia entre los valores reales de transmisión y adquisición. En otras palabras, debe restar el precio de compra del precio de venta.
El valor de venta es el importe real por el cual se ha formalizado la venta, teniendo en cuenta el precio de venta de la propiedad y restando los gastos e impuestos asociados con la venta, tal como la plusvalía municipal, la comisión de agencia inmobiliaria. En caso de que el contribuyente firmara una hipoteca para comprar una casa nueva, entonces el importe total obtenido de la venta se considerará como el valor de venta menos el principal del préstamo pendiente de amortizar.
El valor de compra esta constituído por el importe real por el que se compró la vivienda, al que podemos añadir el importe de los gastos e impuestos derivados de la compra tal como el ( I.V.A) o el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (I.T.P), así como los gastos de las inversiones y mejoras efectuadas en la vivienda. Se tendrá que restar las amortizaciones como por ejemplo si ha alquilado su propiedad tendrá que restar el importe total recibido del alquiler.
En función del importe obtenido:
De 0 € à 6.000 € se gravará a la tasa fija del 19%.
De 6.000 € à 50.000 € Tendrá un impuesto sobre la renta del 21%.
Entre 50.000 € et 200.000 € soportará un tipo fijo del 23%.
Los rendimientos de más de 200.000 € se gravarán en un 26%. ( nuevo en 2021)
Pero podemos beneficiarnos de ciertas exenciones fiscales:
Reinversión en la residencia habitual. Si vende su residencia principal para comprar otra, estará exento. La clave de la exención de impuestos es que solo se aplica a la residencia principal, no a las residencias secundarias. Además, tendrá dos años para reinvertir. Cuando el importe reinvertido sea menor al importe total recibido en el momento de la venta, solo se excluirá del impuesto la parte proporcional de la plusvalía obtenida correspondiente al importe reinvertido.
Personas mayores de 65 años que vendan su residencia habitual. En este caso, no existe ningún requisito adicional para aplicar la exención.
Personas mayores de 65 años que utilizan las ganancias para contratar una renta vitalicia. Si lo que se vende no es la vivienda habitual, es posible evitar el pago de impuestos si este dinero se utiliza para contratar una renta vitalicia con un máximo de 240.000 €.
No olvide el pago de la PLUSVALÍA MUNICIPAL a la hora de vender inmuebles.
Para su cálculo se toma como base únicamente el valor catastral del terreno de la propiedad.Se puede obtener en el último recibo del I.B.I (impuesto sobre bienes inmuebles o impuesto predial) y dependiendo del número de años durante los cuales haya sido propietario de su propiedad entonces el municipio aplicará su tasa de revalorización (anual) para obtener el importe de la plusvalía en que el ayuntamiento aplica su impuesto (específico de cada ayuntamiento) y finalmente existen posibles deducciones. Si ha sido propietario de una vivienda durante 20 años o más, la relación aplicada será la cantidad máxima aplicada por el ayuntamiento.
NB: Es decir, los precios de compra y venta no se consideran en el cálculo de este impuesto. Si usted ha comprado su propiedad hace 40 años o hace 20 años, pagará la misma cantidad. Es fácil consultar con su ayuntamiento para averiguar la cantidad que tendría que pagar si su propiedad se vendiera en el año en curso.
LA DONACIÓN DE INMUEBLES también está gravada en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
Si en lugar de vender su casa opta por donarla, es fácil olvidarse también del IRPF pero cuidado, quien recibe la propiedad debe declararla en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.Pero quien lo dona también tendrá que pagar el impuesto sobre la renta por la plusvalía inmobiliaria.
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